Para contratación de Formación Profesional.
El proveedor puede ser cualquier empresa de formación, con la condición de que esté registrada como tal y el contenido esté relacionado con el desarrollo profesional del trabajo.
El importe total destinado a la Formación Profesional está exento de tributar al IRPF.
Indiferente (pero chequeado por las áreas de RRHH).
El proveedor puede ser cualquier empresa de formación, con la condición de que esté registrada como tal y el contenido esté relacionado con el desarrollo profesional del trabajador en base a unos criterios generales definidos.
En la apertura general y en cualquier momento posterior.
El producto estará disponible para su contratación los días 1 a 10 de cada mes.
Descuentos meses generados. No financiación del curso.
El socio será baja en el momento en que se haya producido su baja en la empresa, regularizándose los saldos pendientes en el finiquito.
A continuación te explicamos en formato pregunta – respuesta algunas cuestiones al respecto de este producto que pueden aclarar tus dudas.
| Si quiero hacer un Curso o Master, ¿Cómo tengo que hacer para que se me tenga en cuenta en el sistema?
En primer lugar debes acudir al área de RRHH de tu Negocio e informar sobre el curso y forma de pago, y si el área de RRHH da el visto bueno (entendiendo que tiene sentido como formación profesional en el ámbito de la empresa), tramitarán el alta en el sistema de Mercer.